| Los beneficios corresponden a la
bonificación por prestaciones de salud, sean estas
ambulatorias u hospitalarias, que se encuentran pactados
en los contratos estipulados por la Isapre Fusat y sus
afiliados.
En la actualidad, se ofrecen al público 53 nuevos
programas de salud con multiples beneficios y convenios
que se detallan a continuación.
Beneficios Mínimos Legales
La normativa legal que rige a las instituciones de salud
previsional garantiza las siguientes prestaciones a
sus beneficiarios:
Examen de medicina preventiva:
Permite detectar oportunamente enfermedades para prevenir
su ocurrencia o aminorar su impacto en la salud de los
beneficiarios.
Control de embarazo y después
del parto:
Su objetivo es controlar el desarrollo de la gestación
y evolución de las mujeres embarazadas y del
recién nacido.
Control del niño menor de
6 años:
La finalidad es detectar cualquier problema de salud
que pueda presentarse en la etapa del niño menor
de 6 años.
Subsidio por incapacidad laboral:
Corresponde al pago que debe hacerse al trabajador por
el período de tiempo que debió ausentarse
de su trabajo debido a una enfermedad, la cual fue diagnosticada
por un profesional de la salud, quien emitió
una licencia médica que avala tal situación.
Beneficios Adicionales
Seguro Desgravamen:
Beneficio que protege a los beneficiarios vigentes en
caso de fallecimiento del afiliado por causa de muerte
natural o accidental por 2 años contados desde
el mes siguiente a la fecha que el cotizante fallecido
haya enterado la ultima cotización en la Isapre.
Seguro de Cesantía:
Este beneficio consiste en mantener la vigencia del
plan de salud actual, suspendiendo el pago de sus cotizaciones
de salud pactadas durante el período de cesantía
involuntaria que afecte al cotizante con un máximo
de 4 meses.
El monto máximo de cotización mensual
cubierto será de UF 4.2, si la cotización
pactada en el contrato de salud supera este máximo,
el afiliado deberá pagar la diferencia o cambiarse
a un plan cuya cotización sea igual o inferior
a se monto.
Este seguro se hará efectivo a partir del mes
subsiguiente en que se acredite la condición
de cesantía. El primer mes a la fecha del finiquito
o que se haga efectivo el despido, el afiliado deberá
cubrir el monto correspondiente al precio del plan directamente.
Otros Beneficios
Cobertura Adicional de Enfermedades
Catastróficas (C.A.E.C.):
Es un beneficio que financia el 100% de los copagos
originados por enfermedades de alto costo en prestaciones
hospitalarias y algunas ambulatorias, que superen el
cálculo del deducible.
Estos beneficios se efectúan en las clínicas
que forman parte de la Red de Prestadores de Isapre
Fusat.
El seguro catastrófico se activa en las oficinas
de atención al público de la Isapre, en
el momento que se presuma que la enfermedad diagnosticada
puede trasformarse en una enfermedad catastrófica.
El Deducible:
Es la suma de los copagos que el beneficiario deberá
tener para acceder al derecho de la cobertura adicional.
El Cálculo Deducible:
Es el equivalente a 30 veces la cotización pactada
en el plan de salud, con un mínimo de 60 UF y
un máximo de 126 UF. Los copagos que se contabilizan
para completar el deducible son sólo aquellos
que tienen su origen en un gasto incurrido en la red
por una misma enfermedad catastrófica y sus complicaciones.
Características del Deducible:
Es anual contabilizado desde la fecha que se registre
el primer copago por una enfermedad catastrófica.
Cobertura de Medicamentos:
Si usted esta vigente en un plan con cobertura de medicamentos
podrá utilizar este beneficio si las recetas
medicas son emitidas por un medico en convenio con la
Isapre Fusat, y o del centro de especialidades medicas
Intersalud y adquirirlos en la farmacia interna del
hospital Fusat.
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